En España cada año se producen más de 100.000 rupturas matrimoniales y de ellas una gran mayoría vienen a través de la vida del divorcio. El Código Civil, en su modificación de 1981, introdujo el concepto del divorcio mediante el cual dos personas unidas por matrimonio pueden poner fin a su relación, disolver la sociedad económica en común, y volver a casarse con quien deseen. A partir del 2005 mediante una reforma se suprimió la obligación de estar separados, facilitando la custodia compartida y permitiendo el divorcio sin alegar ninguna causa para ello.
El punto importante en un proceso de divorcio es la voluntad de los cónyuges, por lo que hay dos opciones: hacerlo de mutuo acuerdo (negociando los diferentes puntos y llegando a una solución entre ellos) o acudir a un tribunal y que sea el juez quien ordene.
La mejor opción es hacerlo de mutuo acuerdo, ya que es un procedimiento donde se resuelve más rápido y es menos dañino para las partes y para las personas involucradas directamente de manera involuntaria: los hijos en común (si los hubiera).
En el mutuo acuerdo la negociación supone que el convenio regulador es pactado entre las partes de manera amistosa, en el cual se decide lo siguiente: régimen económico (repartición de los bienes), cómo criar a los hijos menores en común (custodia compartida, o custodia monoparental con régimen de visitas), y las posibles pensiones alimenticias y compensatorias.
Es importante tener en cuenta que la complejidad y la duración del divorcio dependerá de varios factores:
- Voluntad de las partes.
- Número de hijos en común.
- Patrimonio de los cónyuges y de la sociedad matrimonial.
- Importe de las pensiones solicitadas.
Hoy día existe una nueva forma de resolver los conflictos que surgen de la separación o el divorcio. Se trata de la mediación. Es un instrumento para que la pareja resuelva conjuntamente los problemas que surgen de la ruptura de su relación.
El proceso que se sigue en la mediación familiar tiene unas características que suponen que sea una alternativa muy ventajosa a la hora de afrontar una ruptura matrimonial o convivencial cuando se tienen hijos e hijas en común. A continuación, hablamos de ellas:
- Permite el restablecimiento de la comunicación entre ambos progenitores, ofreciendo a la pareja un espacio neutral y confidencial donde hablar de los problemas que les preocupan con respecto a su separación.
- Fomenta en los/as participantes actitudes de colaboración frente a las de confrontación propias de un procedimiento contencioso.
- Ofrece a la pareja la oportunidad de tomar sus propias decisiones con respecto al porvenir de sus hijos e hijas, sin que nadie lo haga en su lugar.
- Facilitan nuevas formas de encontrar zonas de consenso que en un futuro puedan ayudarles a dar respuestas en común a los problemas que puedan surgir una vez producida la ruptura.
- Es muy beneficioso para los hijos e hijas puesto que se van a analizar los comportamientos y actitudes que se deben tener a la hora de minimizar las consecuencias que la ruptura puede tener en el proceso adaptativo de los menores a la nueva situación.